Normativa Estatal

Normativa Estatal de Pesca Marítima Recreativa en España

La pesca marítima de recreo en España se rige por un conjunto de disposiciones estatales cuyo objetivo es asegurar una explotación sostenible de los recursos marinos y un desarrollo responsable de la actividad recreativa. Este apartado reúne las normas básicas de obligado cumplimiento para todo pescador recreativo.


1. Real Decreto 347/2011

Regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, estableciendo modalidades autorizadas, limitaciones, tallas mínimas y prohibiciones.

👉 Enlace interno: /rd-347-2011-pesca-recreativa


2. Real Decreto 62/2018

Actualiza los sistemas de control y comunicación de actividades pesqueras, reforzando los mecanismos de supervisión de las capturas.

👉 Enlace interno: /rd-62-2018-control-pesquero


3. Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado

Norma marco que establece el régimen jurídico, competencias y sanciones aplicables a actividades pesqueras, incluida la pesca recreativa.

👉 Enlace interno: /ley-3-2001-pesca-marítima


4. Resoluciones y Órdenes Ministeriales (BOE)

Incluye:

  • Actualizaciones de tallas mínimas
  • Resoluciones anuales de vedas
  • Modificaciones normativas
  • Publicaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

(Pueden añadirse PDFs o enlaces directos al BOE.)


5. Normativa complementaria

  • Prohibiciones específicas por especie
  • Ordenaciones técnicas
  • Regulaciones temporales
  • Condiciones de seguridad


🟦 2. REAL DECRETO 347/2011

URL sugerida: /rd-347-2011-pesca-recreativa


Real Decreto 347/2011 – Regulación de la Pesca Marítima de Recreo en Aguas Exteriores

El Real Decreto 347/2011 constituye la base normativa para la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas. Define modalidades, límites, obligaciones y prohibiciones.


1. Modalidades reguladas

  • Pesca desde costa
  • Pesca desde embarcación
  • Pesca submarina (a pulmón libre)
  • Competiciones recreativas

2. Artes y aparejos autorizados

  • Cañas, carretes y líneas de mano
  • Señuelos artificiales
  • Volantín
  • Jigging
  • Spinning
  • Curricán ligero

👉 Prohibido: redes, palangres, explosivos, sustancias paralizantes, artes profesionales, o cualquier sistema de inmersión asistida para pesca submarina.


3. Limitaciones de captura

  • Cupo máximo por pescador y día
  • Prohibición total de venta de capturas
  • Tallas mínimas obligatorias según BOE
  • Liberación inmediata de especies protegidas

4. Prohibiciones específicas

  • Especies con veda temporal
  • Atún rojo sin autorización ICCAT
  • Peces cartilaginosos protegidos
  • Especies catalogadas en el LESPRE

5. Régimen sancionador

Las infracciones pueden implicar:

  • Multas económicas
  • Decomiso del material o artes
  • Suspensión temporal de licencias
  • Retirada definitiva en casos graves


🟦 3. REAL DECRETO 62/2018

URL sugerida: /rd-62-2018-control-pesquero


Real Decreto 62/2018 – Control y Gestión de Actividades Pesqueras

El Real Decreto 62/2018 refuerza los sistemas de control de la Administración General del Estado sobre la actividad pesquera, tanto profesional como recreativa, y establece obligaciones adicionales de comunicación.


1. Objetivos del RD 62/2018

  • Mejorar la trazabilidad de capturas
  • Facilitar la gestión de datos pesqueros
  • Garantizar el cumplimiento normativo
  • Unificar criterios de control en España

2. Obligación de comunicar capturas

La norma establece:

  • Declaración de especies capturadas
  • Cantidades exactas
  • Ubicación y fecha
  • Medio utilizado
  • Identificación del pescador

(Aquí más adelante añadiremos el vínculo con la App PescaRec.)


3. Herramientas de control

  • Plataformas digitales de comunicación
  • Aplicaciones móviles
  • Sistemas de trazabilidad
  • Registro electrónico de capturas

4. Responsabilidad del pescador recreativo

Incluye:

  • Veracidad de la información declarada
  • Cumplimiento de tallas mínimas
  • Respeto de vedas
  • Prácticas responsables


🟦 4. LEY 3/2001 – PESCA MARÍTIMA DEL ESTADO

URL: /ley-3-2001-pesca-marítima


Ley 3/2001 – Ley de Pesca Marítima del Estado

La Ley 3/2001 constituye la norma básica que regula la pesca marítima en aguas españolas, estableciendo principios organizativos, competencias y medidas de conservación.


1. Finalidad de la ley

  • Proteger los recursos marinos
  • Regular actividades pesqueras
  • Garantizar la sostenibilidad del sector
  • Ordenar las competencias administrativas

2. Competencias

  • Estado → Regulación en aguas exteriores
  • CCAA → Normas complementarias en aguas interiores

3. Conservación y protección

La ley prevé:

  • Medidas de gestión
  • Planes anuales de pesca
  • Vedas temporales
  • Zonas de protección marina

4. Régimen sancionador

Clasificación de sanciones:

  • Leves
  • Graves
  • Muy graves

Incluye:

  • Multas
  • Inhabilitaciones
  • Decomisos

5. Especies protegidas

Remisión al LESPRE y normativa europea aplicable.